Geico podría verse obligado a pagarle $5.2 millones a una mujer de Missouri que argumenta haber contraído una enfermedad de transmisión sexual al tener relaciones en el automóvil de un hombre asegurado por esa compañía.
Un panel de tres jueces de la Corte de Apelaciones de Missouri confirmó el martes la decisión de la Corte del Condado de Jackson que resolvió que la mujer tenía derecho a la adjudicación.
Sin embargo, Geico, con sede en Maryland, presentó una demanda federal bajo el argumento de que el reclamo de la mujer no está cubierto por la póliza de seguro del hombre. La compañía dijo el jueves en un correo electrónico que la demanda determinará “si hay cobertura en este asunto”.
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Según documentos judiciales, la mujer, identificada como M.O., y un hombre, que estaban en una relación, tuvieron relaciones sexuales en el automóvil del hombre.
Ella sostiene que contrajo el VPH, el virus del papiloma humano, porque el hombre no le dijo que tenía la enfermedad. El VPH puede causar cáncer de cuello uterino, otros tipos de cáncer y verrugas genitales.
En febrero de 2021, M.O. notificó a Geico que planeaba buscar un acuerdo de seguro de $1 millón contra el hombre. Ella argumentó que el seguro de automóvil del hombre brindaba cobertura para sus lesiones y pérdidas.
La compañía de seguros rechazó la oferta de acuerdo, diciendo que el reclamo de la mujer no ocurrió debido al uso normal del vehículo, según documentos judiciales.
Un árbitro finalmente determinó que debería recibir $ 5.2 millones por daños y perjuicios. Luego presentó una moción en el Tribunal del Condado de Jackson para confirmar el premio.
Geico afirmó que no sabía que el hombre y la mujer habían iniciado el arbitraje y, cuando se enteró, trató de intervenir en el caso judicial. La empresa argumentó que el laudo arbitral se alcanzó mediante colusión y fraude, violó sus derechos al debido proceso y no se pudo hacer cumplir.
El tribunal inferior rechazó las solicitudes de Geico y confirmó el laudo, lo que provocó la apelación de la compañía de seguros porque dijo que no tenía una “oportunidad significativa” para defender sus intereses, según documentos judiciales.
El tribunal de apelaciones determinó que Geico no tenía derecho a “volver a litigar” los asuntos después de que se confirmara el laudo.