MIAMI, Florida - A varias semanas de haberse publicado el proyecto de Ley de Migración en Cuba, las dudas abundan entre los cubanos en el exterior, especialmente aquellos que se repatriaron para establecer negocios o que, residiendo en el sur de Florida, poseen propiedades en la isla.
Múltiples términos empleados en la ley han generado considerable confusión, sumado a la presencia de definiciones migratorias en desuso en otras leyes como la de vivienda.
Noticias de Florida 24/7 en Telemundo 51.
>Uno de los aspectos más básicos de la nueva ley es la definición de "residentes en el exterior". Según el abogado cubano y colaborador de "El Toque", Eloy Viera, la categoría incluirá a todos los que no vivan en Cuba más de 6 meses al año. Viera señala: “las autoridades migratorias evaluarán el tiempo de residencia en Cuba al finalizar diciembre de cada año. Aquellos que no hayan vivido en Cuba la mayor parte del año serán considerados automáticamente residentes en el exterior”.
Se trata de una modificación con impacto masivo. Cientos de miles de cubanos han abandonado la isla en los últimos años, muchos de los cuales aún poseen propiedades en Cuba. La actual ley de vivienda sólo menciona la confiscación de propiedades de titulares que han salido definitivamente del país. Viera señala: “Hoy la categoría que se utiliza para decir ‘tú no puedes tener vehículos, tú no puedes tener bienes’, ya no existe. Ha sido derogada por la propia legislación que es la categoría de emigrado y de salida definitiva del país, y esa está en desuso desde que eliminaron la carta blanca”.
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>No obstante, mientras no se regule específicamente, existe un espacio para la incertidumbre, ya que la ley de propiedades no menciona a los "residentes en el exterior".
IMPACTO EN EMPRENDEDORES REPATRIADOS
Viera destaca: “¿Dónde yo sí creo que van a mantener filtros entre los residentes y los no residentes? En aquellas personas que quieran ir a poner negocios en Cuba”. Es que el proyecto de ley también se refiere a otra categoría: la de cubanos residentes en el exterior “inversores o de negocios”, que hasta ahora han utilizado la ventana de 24 meses. Para ellos, Viera aclara: “Ahí es donde sí creo que está clarísimo porque las normas de las pymes y de las cooperativas dicen que para ser socio, necesitas ser residente en el territorio nacional”.
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PLAZO PARA LA ENTRADA EN VIGOR
El proyecto de ley será sometido a votación en el parlamento unicameral cubano en julio. Posteriormente deberá ser publicado en la Gaceta Oficial y sólo a partir de ese momento comenzará a correr el plazo de 180 días para su entrada en vigor.